lunes, 26 de agosto de 2013

Olvidarte de realizar el certificado energético de tu vivienda puede costarte hasta 6000€




Olvidarte de realizar el certificado energético de tu vivienda puede costarte hasta 6000€

certificado-energetico2Aunque el régimen sancionador referente a la ley de certificación energética entró en vigor el 28 de junio, aún no han comenzado las inspecciones por parte de algún organismo público que se encargue de asegurarse de que todo aquel con intención de vender o alquilar su vivienda cuente con un certificado de eficiencia energética para esta.
Hace unos días os contábamos que el certificado de eficiencia energético no acababa de convencer a los españoles y nos preguntábamos el porqué de esta situación, pero tiene pinta de que las cosas cambiaran cuando comiencen a realizarse inspecciones aleatorias. También, todo sea dicho, el descontrol existente en esta materia influye bastante en que los españoles estén reticentes realizar el certificado energético; recordemos que en cada comunidad Autónoma existe una legislación diferente.
Por eso, hoy os informamos de todas las sanciones que se puede recibir si se incumple esta ley,  y cuidado porque estas, oscilan entre los 300€ y los 6000€.
Infracciones muy graves (multa de 1.001€ a 6.000€)
-          Falsear el registro de certificados de eficiencia energética
-          Actuar como técnico certificador sin reunir los requisitos para serlo.
-          Publicitar la venta o alquiler de un inmueble que no cuente con este certificado
Infracciones graves (multa de 601€ a 1.000€)
-          Incumplir la metodología del procedimiento básico para la certificación energética
-       No registrar el certificado de eficiencia energética ante el órgano competente de la comunidad autónoma que se trate
-          No presentar el certificado en el proyecto de ejecución de un edificio
-          Exhibir una etiqueta que no se corresponda con la obtenida
-      Vender o alquilar un inmueble sin que el propietario entregue el certificado de eficiencia energética al comprador o arrendatario
Infracciones leves (multa de 300€ a 600€)
-       Publicitar la venta o el alquiler de una vivienda sin hacer mención a su calificación energética
-          No exhibir la etiqueta en los supuestos en que resulte obligatoria
-          Incumplir las obligaciones de renovación de certificados de eficiencia energética
-          No incorporar el certificado en el Libro del edificio
-     Exhibir la etiqueta energética sin el formato y el contenido mínimo legalmente establecidos

miércoles, 14 de agosto de 2013

¿Puede el Administrador de fincas representar a la comunidad de propietarios?




¿Puede el Administrador de fincas representar a la comunidad de propietarios?

Conforme al artículo 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal es el Presidente el que ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten, y no obstante así, la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo mantiene que para ejercitar acciones judiciales, el Presidente, necesita autorización de la junta.

La Ley de Propiedad Horizontal solo faculta al Administrador para representar a la comunidad, y siempre previo acuerdo de la Junta de propietarios, en la reclamación de las deudas a los propietarios morosos en el procedimiento monitorio (art. 21.1 LPH).
Recordar en este sentido que las distintas citaciones o requerimientos que elAdministrador de fincas pueda llevar a cabo con los propietarios son válidos porque los realiza en nombre y con la autorización del presidente.

martes, 6 de agosto de 2013

Guía de acceso al préstamo hipotecario

Guía de acceso al préstamo hipotecario

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La Guía de acceso al préstamo hipotecario recoge toda la información necesaria para el cliente bancario que se plantea contratar un préstamo para la adquisición de una vivienda. En ella se abordan aspectos conceptuales y prácticos, de interés tanto antes como durante la vida del préstamo.
Elaborada por el Banco de España, la Guía forma parte de las acciones dirigidas a fomentar la educación financiera de los consumidores y mejorar la transparencia en sus relaciones con las entidades.